El Criterio de la Pena en Concreto para la Prescripción: Análisis de la Evolución Jurisprudencial de la Corte Suprema en especial la causa ROL 8.259-2026

Mar 09, 2026Por CARLOS SILVA NÚÑEZ
CARLOS SILVA NÚÑEZ

Introducción

La prescripción de las penas constituye una de las instituciones más relevantes del derecho penal, tanto por su fundamento político-criminal como por sus implicancias prácticas en la administración de justicia. En los últimos años, la Corte Suprema de Chile ha consolidado una línea jurisprudencial que privilegia el criterio de la pena en concreto por sobre el criterio de la pena en abstracto para determinar los plazos prescriptivos establecidos en el artículo 97 del Código Penal.

Este artículo analiza la evolución de este criterio jurisprudencial, tomando como caso paradigmático la sentencia Rol N° 8.259-2026 de la Corte Suprema, que declaró la media prescripción de una pena de tres años de presidio menor en su grado medio por tráfico de drogas. La relevancia de esta decisión trasciende el caso particular, pues consolida una interpretación que favorece la proporcionalidad y la seguridad jurídica en materia prescriptiva.

I. Marco Normativo y Problemática Interpretativa


1.1 Regulación Legal de la Prescripción de Penas


El Código Penal chileno regula la prescripción de las penas en los artículos 97 y siguientes, estableciendo plazos diferenciados según la gravedad de la sanción:

Artículo 97: "Las penas impuestas por sentencia ejecutoriada prescriben: La de presidio, reclusión y relegación perpetuos, en quince años. Las demás penas de crímenes, en diez años. Las penas de simples delitos, en cinco años. Las de faltas, en seis meses."

La literalidad de la norma hace referencia a "penas impuestas por sentencia ejecutoriada", lo que sugiere una orientación hacia la pena concretamente determinada por el tribunal. Sin embargo, la práctica judicial ha mostrado divergencias interpretativas que han generado incertidumbre jurídica.

1.2 La Tensión entre Criterios Interpretativos


La problemática central radica en determinar si los plazos de prescripción deben calcularse en función de:

•          Criterio abstracto: La pena asignada en abstracto al tipo penal correspondiente

•          Criterio concreto: La pena efectivamente impuesta en la sentencia condenatoria

Esta tensión se manifiesta especialmente en casos donde existe una desproporción entre la gravedad abstracta del delito y la entidad real de la sanción impuesta [1].

II. Análisis de la Sentencia Rol N° 8.259-2026


2.1 Hechos y Procedimiento


El caso analizado el sentenciado fue condenado el 3 de marzo de 2021 a tres años de presidio menor en su grado medio por delito de tráfico de drogas. La sentencia quedó ejecutoriada el 22 de abril de 2021, y posteriormente se solicitó la declaración de media prescripción.

El Juzgado de Garantía de Iquique rechazó la solicitud, criterio confirmado por la Corte de Apelaciones de Iquique el 16 de febrero de 2026. Ambos tribunales consideraron que debía transcurrir el plazo propio de un crimen, desconociendo la naturaleza real de la sanción impuesta.

2.2 Fundamentos de la Decisión de la Corte Suprema
La Corte Suprema, en su considerando primero, estableció el principio rector de su decisión:

"cuando se solicita la prescripción de la pena o la prescripción gradual, el tribunal debe estarse a la efectivamente impuesta por la sentencia en el caso concreto a efectos de establecer la concurrencia de los requisitos necesarios para declararla"

Este criterio se fundamenta en una interpretación literal y sistemática de los artículos 97 y 98 del Código Penal, que hacen referencia expresa a "penas impuestas por sentencia ejecutoriada" y establecen el cómputo desde la "fecha de la sentencia de término" [2].

2.3 Doctrina Citada y Respaldo Académico


La sentencia cita expresamente la obra de Enrique Cury, quien sostiene que los plazos establecidos en el artículo 97 "deben determinarse sobre la base de las penas impuestas por la sentencia respectiva, es decir, en concreto" [3]. Esta posición doctrinal ha sido consistentemente adoptada por la jurisprudencia reciente del máximo tribunal.

III. Jurisprudencia Comparativa y Consolidación del Criterio


3.1 Casos Paradigmáticos de Aplicación del Criterio Concreto


La línea jurisprudencial iniciada con el caso analizado se ha consolidado a través de múltiples decisiones que confirman la aplicación del criterio de pena en concreto:

Caso de penas de multa (Rol N° 29.780-2025): La Corte Suprema declaró prescrita una pena de multa de 1 UTM por daños simples, aplicando el plazo de seis meses correspondiente a las faltas, no el de cinco años propio de los simples delitos [4].

Caso de penas menores de prisión (Rol N° 3.506-2026): Se declaró prescrita una pena de 41 días de prisión por amenazas, aplicando nuevamente el criterio de pena concreta que la equipara a una falta [5].

3.2 Excepción en el Régimen Juvenil


Un caso divergente se presenta en el Rol N° 7.199-2026, donde la Corte Suprema aplicó el criterio de tipo penal abstracto en un caso de responsabilidad penal juvenil bajo la Ley N° 20.084. Esta excepción se justifica por las particularidades del régimen especial juvenil, que establece plazos prescriptivos específicos basados en la naturaleza del delito [6].

IV. Fundamentos Dogmáticos del Criterio de Pena en Concreto


4.1 Respeto al Principio de Legalidad


El criterio de pena en concreto se ajusta estrictamente al tenor literal del artículo 97 del Código Penal, que hace referencia expresa a "penas impuestas por sentencia ejecutoriada". Esta interpretación respeta el principio de legalidad penal, evitando extensiones analógicas que podrían perjudicar al condenado.

4.2 Proporcionalidad y Coherencia Sistemática


La aplicación del criterio concreto garantiza que el plazo prescriptivo se ajuste a la gravedad real de la sanción impuesta, evitando desproporciones manifiestas. Como señala la doctrina especializada, "la prescripción debe ser proporcional a la entidad del castigo efectivamente determinado por el tribunal" [7].

4.3 Seguridad Jurídica y Predictibilidad


El criterio de pena en concreto ofrece mayor certeza jurídica, pues permite determinar el plazo prescriptivo consultando directamente la sentencia condenatoria, sin necesidad de interpretaciones complejas sobre la "naturaleza" abstracta del delito.

V. Implicancias Prácticas y Proyecciones


5.1 Impacto en la Práctica Judicial


La consolidación de este criterio jurisprudencial tiene importantes consecuencias prácticas:

•          Para los tribunales: Simplifica la determinación de plazos prescriptivos, eliminando debates interpretativos innecesarios

•          Para la defensa: Proporciona mayor certeza sobre los plazos aplicables y facilita la planificación de estrategias defensivas

•          Para el sistema penal: Favorece la proporcionalidad en la aplicación de las sanciones y evita la perpetuación indefinida de responsabilidades menores

5.2 Necesidad de Uniformidad Jurisprudencial


La existencia de criterios divergentes en casos especiales (como el régimen juvenil) sugiere la necesidad de una mayor precisión normativa o, al menos, de criterios jurisprudenciales más específicos que delimiten claramente los ámbitos de aplicación de cada enfoque interpretativo.

Conclusiones


La evolución jurisprudencial de la Corte Suprema hacia el criterio de pena en concreto para determinar los plazos de prescripción representa un avance significativo en la interpretación de las normas penales. Este criterio, consolidado a través de múltiples decisiones recientes, ofrece ventajas evidentes en términos de legalidad, proporcionalidad y seguridad jurídica.

La sentencia Rol N° 8.259-2026 constituye un ejemplo paradigmático de esta evolución, demostrando cómo la correcta interpretación de los artículos 97 y 98 del Código Penal conduce necesariamente a privilegiar la pena efectivamente impuesta por sobre abstracciones legales que pueden generar desproporciones manifiestas.

Recomendación: La consolidación definitiva de este criterio requiere su aplicación consistente por parte de todos los tribunales del país, evitando interpretaciones divergentes que puedan generar inseguridad jurídica.

La jurisprudencia analizada demuestra que el derecho penal chileno ha evolucionado hacia una interpretación más garantista y técnicamente correcta de las normas sobre prescripción de penas, favoreciendo la protección de los derechos fundamentales de las personas condenadas sin comprometer los fines de la justicia penal.

 
Referencias


[1] Parra Núñez, Francisco. (2019). Los efectos de la media prescripción penal. Revista de Derecho (Concepción), 87(246), 247-285. https://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-591X2019000200247&script=sci_abstract

[2] Corte Suprema de Chile. (2026). Sentencia Rol N° 8.259-2026. Segunda Sala. 

[3] Cury, Enrique. (2005). Derecho Penal, Parte General. 8ª edición. Universidad Católica de Chile, p. 805.

[4] Corte Suprema de Chile. (2025). Sentencia Rol N° 29.780-2025. Segunda Sala. https://www.pjud.cl/prensa-y-comunicaciones/getRulingNew/67652

[5] Magnar AI. (2026). Suprema - Rol N° 3506-2026. https://www.magnar.ai/cl/juris/suprema/2026/02/3506-2026/doc-019c403b-c8c7-7533-8704-0a0219531d3f

[6] Magnar AI. (2026). Suprema - Rol N° 7199-2026. https://www.magnar.ai/cl/juris/suprema/2026/02/7199-2026/doc-019caf6a-7a58-72ac-9d6a-cab97fc0ead1

[7] Yáñez Morales, Isabel Andrea. (2024). Tiempo, contingencia y prescripción de la acción penal. Tesis de Magíster, Universidad de Chile. https://repositorio.uchile.cl/handle/2250/198061